La Promesa o Juramento a la Bandera

El Juramento de Fidelidad a la Bandera establecido en los Artºs. del 1º al 6º del Título IV, Tratado III de las Ordenanzas del Ejército se practicaba en la Armada solo para Infantería de Marina cuyos Regimientos o Batallones dispusieran de Bandera propia.

Mas tarde, por Orden Ministerial número 1253/53, publicada en el Diario Oficial de Marina número 38 de 14 de febrero, dispuso que a partir de esa fecha realizara el Juramento de Fidelidad a la Bandera todo el personal de la Armada, tanto voluntarios como procedentes de Inscripción Marítima o Cajas de Reclutas del Ejercito.

La Jura de Bandera es el acto solemne en que cada individuo de las unidades o de los reemplazos militares jura obediencia y fidelidad en el servicio de la patria.

Para ello el día de la Jura de Bandera existen dos formulas para llevar a cabo el compromiso con la Patria, la tradicional en el Pato de Armas o la denominada “por enfermería”. 

Jura de Bandera "por Enfermería"

Jura de Bandera "por Enfermería" del 4º Reemplazo de 1999.

Llegado el momento de la Jura de Bandera, el personal que por cualquier motivo, principalmente por enfermedad, no pudiera participar en los actos oficiales de la Jura de Bandera en el Patio de Armas, la llevaban a cabo a parte, en dependencias interiores, la mayoría de las ocasiones en la Capilla, a esta Jura de Bandera se le denominaba “por Enfermería”.

Jura de Bandera del personal civil

La Jura de Bandera no es un acto único y exclusivo de los militares. Cualquier persona que lo desee tiene la posibilidad de realizar la Jura de Bandera. 

A partir del 12 de marzo de 1981 se autorizó a prestar y/o renovar el Juramento a la Bandera a aquel personal civil que por diversas circunstancias, exclusión servicio militar, ausencia de España, o ser padre o abuelo de algunos de los Marineros que juraban Bandera, quisiera hacerlo, por lo que desde mayo de ese mismo año era muy normal que en las distintas Juras de Banderas participara personal civil, algunas  veces  eran  padres de los Marineros y otras de personas que no habían prestado el mismo, por no efectuarse en aquella época, también lo hicieron colectivos y personal femenino, y el 24 de junio de 1999, por Orden nún. 169/99 ( BOE  núm. 158) se dictaron  instrucciones para continuar ejerciéndose el derecho de juramento o promesa.

Este acto solemne permite a los civiles y soldados renovar su compromiso públicamente con la Nación y con todo lo que ella representa en una celebración organizada por las Fuerzas Armadas.

Jura de bandera de Padre de Jaume Torrent Fructuoso, 3/80

Para todo militar el acto de Jura de Bandera es sin duda el más trascendente de toda su vida profesional. En él, con un beso en la Bandera se materializa el juramento o promesa de defender a España, aún a costa de la propia vida.

‘Txatxe’ Chica, 2º/83.
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